¡Histórico! Senado aprueba el consumo lúdico de la marihuana en México

El 18 de noviembre las Comisiones Unidas de Justicia, de Salud y de Estudios Legislativos del Senado analizaron y aprobaron el dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis/Marihuana en México con algunos cambios para mandarlo al pleno.

Este fue el primer paso para despenalizar el consumo lúdico de la marihuana. Este 19 de noviembre el pleno del Senado discutió y aprobó este dictamen con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones.

Pero ¿qué se aprobó?

La idea es la creación de la Ley para la Regulación del Cannabis y hacer reformas a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal misma que fue presentada en septiembre de 2019 por el senador Julio Menchaca Salazar con el objetivo de regular el autoconsumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos para personas mayores de edad.

Con esta propuesta se requiere autorización de la Secretaría de Salud para la siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transportación de marihuana para personas solo en autoconsumo con fines lúdicos y recreativos siendo mayores de edad. Esto también aplica para la sátiva, indica y americana o mariguana, su resina preparados y semillas, así como del tetrahidrocannabinol y sus variantes estereoquímicas, en conjunto, conocido como marihuana.

Sin embargo el dictaMenchaca, como fue llamado por el legislador que lo presentó, fue rechazado por organizaciones en pro de la legalización del cannabis como el Movimiento Cannabico Mexicano, el Instituto RIA (dedicado a la investigación e incidencia en políticas de drogas y construcción de paz), etc.

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Foto: Julio Menchaca Salazar

¿Qué contiene este dictamen?

El Movimiento Cantábrico Mexicano, por medio de un comunicado, señaló que este dictamen en realidad lo que pretende es reemplazar un “sistema de prohibiciones administrativas” por otro de la misma categoría pero con más violaciones a derechos humanos e inconsistencias procesales.

Para empezar se plantea un modelo regulatorio  a partir de la Creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis, así como un órgano de vigilancia interno para que no haya falla y 5 tipos de licencia que se pueden obtener para el autoconsumo lúdico:

  • Cultivo
  • Transformación
  • Comercialización
  • Exportación/importación
  • Investigación

En este sentido, la modificación propuesta por las Comisiones Unidas y aceptadas por el pleno habla de una persona puede obtener más de un tipo de licencia.

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Foto: Cuartoscuro

Ahora, de acuerdo con esta propuesta de ley ¿cómo puede una persona acceder a la marihuana? Hay de tres sopas: que la cultive para uso personal sin fines de lucro, que la consiga a través de asociaciones de cannabis sin fines de lucro o que la compre, junto con sus derivados, en establecimientos autorizados por el gobierno.

En general el candis está permitido, como ya lo mencionamos, para uso adulto, investigación médica e industrial con los correspondientes permisos y a quien agarren con más de 28 gramos y hasta 200 gramos sin autorizaciones será remitido a la autoridad administrativa por lo que podrá pagar multas de entre 5 mil y 11 mil pesos.

Cuando la cantidad sea por arriba de 200 gramos sin la autorización correspondiente, entonces ya implica una conducta sancionada en el ámbito penal.

Una de las exigencias en este sentido es la eliminación del delito de posesión simple.

¿Cuáles son los límites para el autocultivo?

En el caso del autocultivo personal no se necesita cumplir con el requisito de registro ni permisos pero el máximo es de 4 plantas por hogar y el número asciende a 6 si en el hogar reside más de una persona consumidora.

En el caso de las Asociaciones Cantábricas, el máximo es de 4 plantas por persona con un máximo de 20 personas asociadas.

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Foto: Cuartoscuro.

Este dictamen también contempla involucrar al campo con la integración vertical para comunidades campesinas y un 40% de las licencias van a ser para comunidades indígenas y cultivadoras. En este punto se habla de que el porcentaje debería ser al menos del 80% ya que las comunidades indigenas son las que viven en la ilegalidad del cultivo de la marihuana, a expensas del crimen organizado y que lo hacen para poder sobrevivir.

En el caso de las plantas cultivadas en domicilios privados y su consumo, la propuesta de ley incluye el derecho a presentar una denuncia contra quien no acate las reglas de no afectar a terceros, a vecinos o a menores de edad. En este sentido la casa o vivienda donde se consuma cannabis deberá tomar las medidas necesarias que impidan que el humo pueda ser inhalado por personas ajenas al consumo.

En el caso de Asociaciones Cannábicas, debe haber dispositivos de filtración y absorción de humos, gases o vapores considerando una distancia mínima de 500 metros entre estos lugares y los libres de humo, viviendas, centros escolares, deportivos, recreativos en general, etc.

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Foto: Instituto RIA

En este mismo sentido, está prohibido consumir cannabis y sus derivados en todo establecimiento comercial con acceso público, así como en escuelas de todos los niveles e instituciones gubernamentales.

Sanciones

Una de las cosas que más levantó alertas es que la reforma propuesta al Código Penal Federal habla de que a quien administre cannabis a otra persona sin receta médica se enfrentará a una prisión de entre 2 a 5 años y las penas aumentarán hasta una mitad más si la víctima es menor de edad o incapaz de comprender la relevancia de la conducta.

La modificación de las Comisiones Unidas habla de que estas penas no se aplicarán cundo el motivo sea la protección de la salud.

Las multas van desde multas, clausuras temporales o definitivas en caso de asociaciones o establecimientos, el decomiso de los productos, así como la suspensión de la licencia o permiso, o bien la revocación total.

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Foto: Cuartoscuro.

Pero también contempla trabajo en favor de la comunidad y arresto hasta por 36 horas.

En el caso de quien publicista la marihuana, transforme y comercialice productos con más del 1% del THC o cannabinoides sintéticos sin licencia, regale cannabis, uso agentes contaminantes en los cultivos, venda en exhibidos de autoservicio, internet, correo, teléfono sin licencia; incumpla con los requisitos de empaquetado y etiquetado, venda productos mezclados con otras sustancias recibirán una multa de entre 5 mil 220 pesos y hasta 261 mil pesos.

¿Por qué se levantan las alertas?

Expertos y organizaciones afirman que estas políticas de regulación y el considerar que toda semilla, dosis, planta y demás que no haya sido autorizada por el gobierno sea ilegal, centraliza sin dar solución la emisión de autorizaciones y privilegia los intereses de unos cuantos en cuestión de comercialización.

Explican que esto aún no es suficiente para garantizar el derecho al libre consumo de los mexicanos y criminaliza a los consumidores discriminándolos.

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